Áurea -- Ministerio de Relaciones Exteriores
lunes, 31 de julio de 2017
EL REINO DE HEATMORE Y EL REINO DE ÁUREA FIRMAN TRATADO
martes, 25 de julio de 2017
EL REINO DE LANDATIA Y EL REINO DE ÁUREA FIRMAN TRATADO
martes, 13 de junio de 2017
EL REINO DE AUREA Y EL IMPERIO DE CASTIZA FIRMAN TRATADO
viernes, 28 de junio de 2013
Principado de Valumar y Áurea Firman Tratado
Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Uno. Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos. Ambas micronaciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.
Tres. Ambas micronaciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.
Cuatro. Ambas micronaciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web y medios de comunicación oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con enlace a sus direcciones electrónicas.
Se firma el presente Tratado el día 1 de julio de 2013
Por el Principado de Valumar: S.A.S. Luis I, Príncipe de Valumar
viernes, 29 de marzo de 2013
TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL ESTADO LIBRE DE MONTE-ACEVEDO Y EL REINO DE ÁUREA
Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Uno. Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos. Ambas micronaciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.
Tres. Ambas micronaciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.
Cuatro. Ambas micronaciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones de correo electrónico.
Cinco- Para retirarse del tratado habrá que avisar 48 horas antes por correo electrónico.
Firmado en Evtan, Reino de Áurea el 23 de marzo de 2013.
Por el Estado Libre de Monte-Acebedo
Pedro Luis López del Hierro García-Palop, Director General del Estado Libre de Monte-Acebedo
Por el Reino de Áurea:
Rubén I, Rey de Áurea
jueves, 5 de mayo de 2011
TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL ESTADO VIRTUAL DE MIURER Y EL REINO DE ÁUREA

Las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Uno. Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos. Ambas micronaciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.
Tres. Ambas micronaciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general, manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.
Cuatro. Ambas micronaciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas web oficiales la información correspondiente. Se procederá a la apertura inmediata de embajadas, con la imagen de la bandera del otro país firmante y sus direcciones de correo electrónico.
Cinco- Para retirarse del tratado habrá que avisar 48 horas antes por correo electrónico.
Dado en el Palacio Estatal de Hansbruck, Estado Virtual de Miurer a 5 de Mayo del 2011.
Por el Estado Virtual de Miurer:
S.Exc. Guillermo Hansbreck.
Por el Reino de Áurea:
Rubén I, Rey de Áurea
miércoles, 8 de septiembre de 2010
Firma de Tratado con El Reino de Asturias

Los gobiernos de las micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos representantes oficiales, con el propósito de lograr el reconocimiento, la integración y la cooperación entre ambas micronaciones, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Primero: Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones libres, soberanas e independientes, así como la legitimidad de sus gobiernos, la autoridad de sus instituciones, la soberanía sobre sus territorios y la autonomía de sus pueblos.
Segundo: Ambas micronaciones se comprometen a establecer un protocolo y un medio de comunicación permanente que permita fortalecer y desarrollar las correspondientes relaciones intermicronacionales, y que a su vez sirva como medio de difusión de nuestros correspondientes proyectos micronacionales.
Tercero: Ambas micronaciones se comprometen a establecer acuerdos de cooperación intermicronacional de tipo técnico, científico, económico, cultural o de cualquier otra índole, que contribuyan a su desarrollo e integración dentro de la comunidad intermicronacional.
El presente Tratado se firma el día 6 de septiembre de 2010
Por El Reino de Asturias,
S.M. Aurelius II,
Asturorum Rex
Por el Reino de Áurea,
Ruben I
Rey de Áurea