TRATADO DE AMISTAD, COLABORACIÓN
Y RECONOCIMIENTO MUTUO ENTRE EL REINO DE ÁUREA Y EL REINO DE LANDATIA
Las
micronaciones firmantes de este Tratado, a través de sus respectivos
representantes oficiales y como prueba de la buena voluntad existente por parte
de las mismas, acuerdan formalmente los siguientes puntos:
Uno.
Ambas micronaciones reconocen mutuamente su existencia como micronaciones
legales y constitucionales con plena soberanía e independencia.
Dos.
Ambas micronaciones, dentro del ámbito micronacional, reconocen y respetan
mutuamente sus símbolos, territorios, instituciones y ordenamientos jurídicos.
Tres.
Ambas micronaciones manifiestan su voluntad de continuar sus contactos
diplomáticos y de seguir avanzando en unas relaciones de amistad y colaboración
mutuas como medio de desarrollo y fortalecimiento de sus ciudadanos e
instituciones y, por consiguiente, del ámbito micronacional en general,
manteniendo para ello una vía de comunicación permanente.
Cuatro.
Ambas micronaciones se comprometen mutuamente a hacer pública la firma de este
Tratado para conocimiento de su propia ciudadanía y de los círculos
diplomáticos micronacionales, incorporando para ello en sus respectivas páginas
web y medios de comunicación oficiales la información correspondiente. Se
procederá a la apertura inmediata de embajadas, con enlace a sus direcciones
electrónicas.
Se firma
el presente Tratado el día 24 de julio de 2017
Por el
Reino de Áurea:
S.M.
Rubén I, Rey Emérito de Áurea.
Por el Reino
de Landatia:
S.M.
Alejandro, Rey de Landatia
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